Nuestro mayor apoyo

Además de las cuotas de las personas socias nuestros patrocinadores son el mayor sustento para la supervivencia y desarrollo de la asocicación. Sin su apoyo no sería posible desarrollar las iniciativas que ponemos en marcha. Agradecemos el apoyo de todas las instituciones, organismos, empresas que colaboran y han colaborado en todas nuestras actividades y proyectos. Sirva su presencia aquí como agradecimiento por el apoyo prestado y la confianza de que en el futuro seguiremos contando con ellos.

Gracias a los que siempre nos apoyan. Siempre tenemos la puerta abierta a aquellas empresas e instituciones que deseen ayudarnos a impulsar esta iniciativa que tiende puentes.

Imagen superior: Puente de Santa Engracia en Pamplona  © José Carlos Cordovilla

Gracias por vuestra confianza

Imagen: Puente de Carrick-a-Rede
© Lauz83

Apóyanos y accede a ventajas fiscales

Si quieres hacerte mecenas o patrocinador y apoyar las actividades de ANIR, tampoco dudes en contactarnos. En breve la Asociación Navarra Irlanda podrá ser reconocida como “asociación de interés cultural y sujeta de mecenazgo” por el Gobierno de Navarra, por lo que podrás disfrutar de beneficios y deducciones fiscales tanto como particular como empresa. Si eres un particular o una empresa con domicilio fiscal en Navarra, cuentas con tres vías para apoyarnos:

  • 1

    DONACIÓN. Aportación dineraria, de bienes o derechos o prestación gratuita de servicios.

  • 2

    PRÉSTAMOS DE USO. Cesión gratuita y temporal de bienes de interés cultural, locales para la realización de proyectos, obras de arte de calidad, etc.

  • 3

    CONVENIOS DE COLABORACIÓN. Convenio firmado entre colaboradores (aportantes económicos) y beneficiarios, que a cambio de ayuda económica se comprometen a difundir la participación del colaborador.

Incentivos fiscales de apoyar a ANIR para empresas y particulares

Tendrás derecho a una deducción de la cuota del IRPF del 80% en los primeros 250 euros donados en cada periodo impositivo y del 40% en el resto de las aportaciones.

  • Si donas 250 euros, tendrás derecho a deducir en tu declaración del IRPF 200 euros (80% de 250 euros),
  • Si donas 1.000 euros, tendrás derecho a deducir en tu declaración del IRPF: 200 en relación con los 250 primeros euros donados y otros 300 tras aplicar una deducción en cuota del 40% a los 750 euros restantes.

Tendrás una deducción de los importes de las donaciones en la base imponible del Impuesto de Sociedades (IS) –con carácter general las donaciones no son gasto deducible– y una deducción del 30% de la cuota líquida en los primeros 300 euros aportados en cada periodo impositivo, y del 20% en los importes siguientes.

Ejemplo: Si perteneces a una empresa con un tipo efectivo de gravamen del 20%, para una donación de 3.000 euros, tendrás derecho a deducir en tu declaración del Impuesto sobre Sociedades 1.230 euros:

  • Deducción en la base imponible de tu declaración del IS: 600 euros.
  • Deducción en la cuota del IS: 630 euros.
  • Los primeros 300, deducción en cuota del 30 %: 90 euros.
  • Los restantes 2700, deducción en cuota del 20 %: 540 euros.
    • Total beneficio fiscal: 600+630=1230 euros.
Toda la información relativa a ventajas fiscales está supeditada a cambios. Más información en Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), Hacienda Navarra, Revenue Office of Ireland y entidades fiscales correspondientes en cada caso.